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Nº 05/12

Montevideo, 30 de enero de 2012.
  
Comunicado Nº 5/12
Estimados asociados
  
Les recordamos los servicios que están viegntes y que se difundieron el pasado año.
  
OFICINA DEL RETORNO y BIENVENIDA.
 
Dicha oficina funciona en la órbita del DEPARTAMENTO 20 de la Cancillería, con quien la gremial mantiene un vínculo fluido y ha firmado acuerdos de cooperación.
La citada oficina nos ha proporcionado varios curriculums de ciudadanos compatriotas que han regresado (sobre todo de España) y que tienen experiencia de trabajo en la construcción (a distintos niveles).
Aquellos socios interesados por favor acudir a nuestra secretaría

 
APPCU – URUGUAY XXI.
 
Ambas instituciones vienen trabajando en forma conjunta, buscando potenciar sus capacidades y contactos para beneficio del país. Meses pasados se firmó un convenio entre APPCU, URUGUAY XXI y el Departamento 20 de la Cancillería, en la búsqueda de canalizar debidamente las inversiones de compatriotas en el exterior dirigidas a la compra de inmuebles.
 
Con esta premisa, es que inauguramos un espacio en ambas páginas (de Uruguay XXI y de APPCU), a efectos de que los socios promotores de APPCU puedan exhibir sus proyectos inmobiliarios en la búsqueda de inversores (ya no solamente compatriotas), ávidos por buscar utilidad y seguridad para su dinero, aspectos que nuestra plaza ofrece en forma convincente.
 
Para ser operativos solicitamos que nos envíen (a APPCU), una foto del proyecto que quieren difundir y una descripción del mismo de no más de 10 líneas; complementan con un link para que el interesado pueda abundar ingresando directamente a la página web del socio.
 
Dicho material será subido también en la página web de URUGUAY XXI, que ya está en funcionamiento y cuya dirección es www.uruguayxxi.gub.uy (en la columna de la derecha, encontrarán un banner dinámico con el logo de APPCU, entre otros). 
Nos ha dicho su director ejecutivo, Ec Roberto Villamil, que tienen aproximadamente 12000 ingresos mensuales.
 
Finalmente: existe una ley de DATOS PERSONALES que determina que para difundir aspectos personales de una empresa, SE NECESITA EL CONSENTIMIENTO DE LA MISMA. Solicitamos a los que envíen material (por más que se infiera que están de acuerdo)…que EXPRESAMENTE transmitan su consentimiento para la difusión .